Marruecos
carece de legitimidad en Ceuta, Melilla y Canarias por las siguientes causas
históricas
Por
Bruno Perera
La cuestión
de Ceuta, Melilla y Canarias sigue siendo un tema recurrente en debates
políticos y mediáticos. Sin embargo, cuando se analizan los hechos desde una
perspectiva histórica, jurídica y geopolítica, resulta evidente que Marruecos
carece de legitimidad para reclamar soberanía sobre estos territorios. Las
razones son múltiples y se apoyan tanto en la historia como en el derecho
internacional.
1.
Soberanía histórica española
Canarias
forma parte de España desde 1496. Ceuta y Melilla han estado bajo control
europeo y posteriormente español durante más de cinco siglos. Ceuta fue
conquistada por Portugal en 1415 y pasó a la Corona española en 1580, mientras
que Melilla fue incorporada en 1497.
Estos
enclaves existían como posiciones estratégicas mucho antes de la configuración
del Marruecos contemporáneo, lo que refuerza la continuidad histórica de la
presencia española.
2.
Configuración del Estado marroquí
El actual
Estado marroquí se configura en su forma contemporánea tras su independencia en
1956. Si bien anteriormente existieron estructuras políticas como los
sultanatos, estas no responden plenamente al concepto moderno de Estado-nación
ni presentan una continuidad institucional equiparable a la presencia española
estable en Canarias, Ceuta y Melilla.
3.
Realidad histórica del territorio: de la Antigüedad al mundo islámico
Antes de la
existencia de cualquier entidad política denominada Marruecos, el territorio
formó parte de la Mauritania
Tingitana, integrada en el Imperio romano.
En esa etapa
destacó el rey bereber Juba II, que gobernó bajo la órbita romana entre finales
del siglo I a.C. y comienzos del siglo I d.C.
Posteriormente,
no fue hasta el siglo VII, en torno al año 680, cuando la región se integró en
el mundo islámico tras la expansión impulsada por la Dinastía Omeya, que
introdujo nuevas estructuras políticas, religiosas y culturales en el norte de
África.
En ese
contexto, en el año 711 d.C., Tariq ibn Ziyad desembarcó en Gibraltar, dando
inicio a la conquista de gran parte de la península ibérica. Ese mismo año tuvo
lugar la decisiva Batalla de Guadalete, en la que fue derrotado el rey visigodo
Rodrigo.
La llamada
Reconquista se sitúa tradicionalmente en el año 722, con la Batalla de
Covadonga, donde Don Pelayo logró frenar a una expedición musulmana en el
norte.
Este largo
proceso culminó en 1492, cuando los Reyes Católicos —Isabel I y Fernando II—
conquistaron el último territorio musulmán de la península, el Reino de
Granada.
Este
recorrido histórico muestra que el territorio del actual Marruecos ha estado
sujeto a múltiples dominios y configuraciones políticas a lo largo del tiempo.
4.
La cuestión bereber
Los pueblos
bereberes o amazigh constituyen la base histórica y autóctona del norte de
África. Han mantenido su identidad a lo largo de siglos de dominación externa.
Su
persistencia demuestra que el territorio no ha sido históricamente homogéneo ni
ha respondido a una única identidad política continua, lo que debilita
cualquier interpretación nacional homogénea retroactiva.
5.
Tácticas coercitivas del gobierno marroquí
El régimen
marroquí ha demostrado en diversas ocasiones que utiliza a su propia población
como carne de cañón
para ejercer presión política sobre España y la Unión Europea.
Estas
actuaciones salvajes,
aunque eficaces desde un punto de vista estratégico, carecen de legitimidad
moral y jurídica.
Ejemplos
claros de ello son:
·
La
Marcha Verde,
donde se movilizó a cientos de miles de civiles para forzar una situación de
hecho frente a España.
·
La
crisis migratoria de Ceuta en 2021, cuando miles de personas, incluidos
menores, cruzaron la frontera con la permisividad de las autoridades marroquíes
en un contexto de tensión diplomática tras la acogida en España, por razones
médicas, del líder del Frente Polisario, Brahim Ghali.
Estos hechos
evidencian una estrategia de presión que instrumentaliza a la población civil
en situaciones de riesgo, difícilmente compatible con el derecho internacional
y los derechos humanos.
6.
Consideraciones legales y geopolíticas
Salvo los
territorios de Canarias y Baleares, que sí están incluidos en el ámbito de
defensa del artículo 5 de la Organización del Tratado del Atlántico Norte,
Ceuta y Melilla, aunque son ciudades españolas plenamente integradas en el
orden constitucional, no están explícitamente recogidas en dicho marco.
No obstante,
España dispone de medios militares modernos y de respaldo político
internacional suficiente para garantizar la defensa y la soberanía sobre estos
territorios.
7.
Analogías internacionales
Si la
proximidad geográfica o reinterpretaciones históricas fueran suficientes para
reclamar territorios, el orden internacional colapsaría.
Un ejemplo
significativo es Turquía, que posee territorio en Europa, concretamente en
Tracia Oriental, donde se encuentra Estambul. Esta presencia se consolidó tras
la Caída de Constantinopla.
Este caso
demuestra que la cercanía geográfica no constituye un criterio válido para
cuestionar soberanías consolidadas.
8.
Reconocimiento jurídico internacional
Canarias,
Ceuta y Melilla no figuran en la lista de territorios pendientes de
descolonización de la Organización de las Naciones Unidas, lo que implica que
no son consideradas colonias por la comunidad internacional.
Además, sus
habitantes son ciudadanos españoles con plenos derechos y participan en las
instituciones democráticas, lo que refuerza su integración política y jurídica
dentro de España.
Conclusión
Canarias,
Ceuta y Melilla forman parte de España desde hace más de cinco siglos.
Marruecos, en su configuración actual, no presenta fundamentos históricos,
jurídicos ni políticos suficientes que respalden una reclamación legítima sobre
estos territorios.
El análisis
histórico —desde la Antigüedad hasta la actualidad— pone de manifiesto que
dichas reclamaciones responden más a estrategias políticas contemporáneas que a
bases sólidas reconocidas por el derecho internacional.
En
consecuencia, la soberanía española sobre Canarias, Ceuta y Melilla se sustenta
en la continuidad histórica, el reconocimiento jurídico internacional, el
principio de integridad territorial y la voluntad democrática de sus
ciudadanos, pilares esenciales del orden internacional vigente.
Apéndice y
referencias
1.
Fernández
Duro, Cesáreo. Historia de
Ceuta y Melilla. CSIC, Madrid, 1982.
2.
Enciclopedia
Britannica. “Ceuta and Melilla”.
3.
Organización
de las Naciones Unidas. Lista de territorios pendientes de descolonización.
4.
Organización
del Tratado del Atlántico Norte. Tratado del Atlántico Norte, Artículo 5.
5.
Archivo
Histórico del Sáhara Occidental. “Marcha Verde”, 1975.
6.
Ministerio
del Interior de España. Informe sobre la crisis migratoria de Ceuta, 2021.
7.
López,
Antonio. Historia de
Marruecos y los sultanatos premodernos. Editorial Complutense,
1999.
8.
Mommsen,
T. “Mauritania Tingitana y provincias romanas del norte de África”. Journal of Roman Studies,
1965.
Aclaración: Ceuta y Melilla
forman parte de España no solo por su cercanía geográfica a África, sino
también por la composición étnica de sus habitantes y como garantía de
seguridad, evitando invasiones similares a la que los pueblos sirio-árabes y
bereberes llevaron a cabo a partir del año 711 d.C.
Nota: En mi opinión, la única
situación en la que Marruecos podría plantearse invadir Ceuta o Melilla sería
extremadamente excepcional: si España se viera debilitada por un conflicto
interno, como una guerra civil provocada por tensiones independentistas en
Cataluña o el País Vasco.

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