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domingo, 27 de septiembre de 2026

El universo es un conglomerado de inteligencia repartida entre toda su creación

 




El universo es un conglomerado de inteligencia repartida entre toda su creación

Por Bruno Perera

Desde que el ser humano levantó los ojos al cielo y comenzó a preguntarse qué era aquello que brillaba sobre su cabeza, no ha dejado de buscar una respuesta a una pregunta que quizá sea imposible contestar definitivamente: ¿qué es el Universo y hacia dónde se dirige?

Sabemos que existimos dentro de él, que somos una diminuta parte de una inmensidad que apenas podemos comprender y que nuestras vidas transcurren durante un instante insignificante frente a las dimensiones del tiempo cósmico.

Pero hay algo que me produce todavía mayor asombro: nosotros pensamos sobre el Universo porque somos parte de él.

La materia que forma nuestro cuerpo procede de la misma historia cósmica que originó las estrellas, los planetas y todo cuanto conocemos. Y, en algún momento de esa larguísima historia, apareció la vida y, con ella, formas cada vez más complejas de percepción, memoria, aprendizaje y, finalmente, aquello que llamamos conciencia.

Entonces surge una pregunta inevitable:

¿Es la conciencia una excepción dentro del Universo o una de las formas mediante las cuales el propio Universo se manifiesta?

No tenemos una respuesta científica definitiva.

Pero podemos contemplar la naturaleza y encontrar algo extraordinario: cada especie parece disponer de una forma particular de inteligencia que le permite desenvolverse en el mundo.

El pájaro sabe construir su nido sin haber estudiado arquitectura. La araña fabrica una tela de una complejidad extraordinaria sin haber aprendido ingeniería. Las abejas organizan sus colonias, se comunican y trabajan colectivamente. Los lobos cooperan para sobrevivir. Los árboles intercambian sustancias y mantienen relaciones con otros organismos de su entorno.

No significa necesariamente que todos estos seres posean una conciencia igual a la humana. Sería una conclusión que no podemos demostrar.

Pero sí nos muestran que la vida está llena de mecanismos de adaptación, comunicación, cooperación y supervivencia que parecen formar parte de una inteligencia extraordinariamente compleja de la naturaleza.

Y aquí comienza mi reflexión.

Quizá el Universo no sea una máquina muerta en la que, por casualidad, apareció la inteligencia.

Quizá podamos contemplarlo como un enorme conglomerado de procesos inteligentes repartidos por toda su creación, expresados de maneras diferentes según el organismo, la especie y el nivel de complejidad.

No estoy diciendo que la ciencia haya demostrado que el Universo tenga una mente universal. No lo ha demostrado.

Estoy hablando de una posibilidad filosófica.

La ley del devoramiento

La Naturaleza, además, no es un lugar de bondad permanente.

La vida se alimenta de la vida.

El pez pequeño es devorado por el grande. El insecto es devorado por el pájaro. El herbívoro come plantas y el carnívoro come herbívoros. Un organismo nace mientras otro muere.

Parece una terrible crueldad.

Pero la Naturaleza no parece tener la crueldad como propósito. La crueldad es una valoración moral que hacemos nosotros. La Naturaleza simplemente funciona.

Y, curiosamente, dentro de ese mundo de competencia y depredación apareció también la cooperación.

Las especies se protegen. Los animales cuidan a sus crías. Algunos viven en grupos organizados. Existen jerarquías, alianzas y formas de ayuda mutua.

Y el ser humano llevó esa cooperación muchísimo más lejos.

Creamos familias, tribus, pueblos, ciudades, Estados, leyes, hospitales, escuelas y sistemas de protección.

En cierto modo, el hombre comenzó a intentar modificar las condiciones más duras que había recibido de la propia Naturaleza.

El animal que quiere cambiar las reglas

Aquí aparece una de las mayores paradojas de nuestra existencia.

El ser humano es producto de la Naturaleza y, sin embargo, intenta rebelarse contra algunas de sus leyes más duras.

La enfermedad forma parte de la vida y nosotros inventamos la medicina.

La muerte forma parte de la vida y nosotros intentamos retrasarla.

La debilidad puede significar la desaparición de un animal en la naturaleza y nosotros construimos sistemas para proteger al débil.

El hambre puede significar la muerte y nosotros inventamos la agricultura.

La oscuridad nos limitaba y nosotros inventamos la luz artificial.

El frío nos amenazaba y construimos viviendas.

Es decir, la inteligencia surgida dentro del Universo comenzó a utilizarse para modificar las condiciones que el propio Universo había impuesto.

Y aquí aparece mi concepto del Cosmo-Poder.

Podríamos llamar Cosmo-Poder al conjunto de fuerzas, leyes y condiciones que gobiernan nuestra existencia: la materia, la energía, la gravedad, el tiempo, la evolución, el nacimiento y la muerte.

Nosotros no hemos elegido esas reglas.

Hemos nacido dentro de ellas.

Y, sin embargo, nuestra inteligencia nos permite actuar sobre una pequeña parte de ellas.

¿Quién puso la inteligencia dentro de nosotros?

Esta es quizá la pregunta más difícil.

Podemos explicar mediante la evolución cómo determinadas capacidades han podido desarrollarse y transmitirse. Podemos estudiar el cerebro, las neuronas, la genética y el comportamiento.

Pero queda una pregunta filosófica que sigue abierta:

¿Por qué existe un Universo capaz de producir seres que puedan preguntarse por su propia existencia?

¿Por qué existe algo en lugar de nada?

¿Por qué las leyes del Universo permiten la aparición de estrellas, planetas, vida, inteligencia y conciencia?

No tenemos respuestas definitivas.

Y quizá sea precisamente nuestra necesidad de encontrar respuestas lo que constituye una de las manifestaciones más fascinantes de nuestra propia inteligencia.

El Universo mirándose a sí mismo

Imaginemos por un instante que la materia que compone nuestro cuerpo pudiera hablar.

Diría:

«Durante miles de millones de años formé parte de estrellas, planetas, minerales y organismos. Y ahora estoy formando un ser que puede preguntarse de dónde vengo».

Desde esta perspectiva, hay una idea que resulta extraordinariamente hermosa:

quizá cuando un ser humano contempla las estrellas, sea el propio Universo contemplándose a través de una de sus criaturas.

No sabemos si esto es literalmente cierto.

Pero como reflexión filosófica resulta poderosa.

Porque nosotros no estamos fuera del Cosmos observándolo desde una ventana.

Somos Cosmos.

Nuestro cuerpo está hecho de materia cósmica. Nuestra existencia depende de las leyes físicas. Nuestra vida pertenece a la evolución de este planeta. Y nuestra conciencia apareció dentro de esa misma historia.

Por eso quizá deberíamos cambiar la manera de formular la pregunta.

En lugar de preguntarnos únicamente:

«¿Qué somos nosotros dentro del Universo?»

podríamos preguntarnos:

«¿Qué parte del Universo somos nosotros?»

Cada criatura participa en la gran obra

Me gusta imaginar el Universo como una gigantesca obra cuyo argumento desconocemos.

Ningún ser humano conoce el final.

Ni siquiera sabemos si existe un final.

El Universo continúa su cauce y nosotros participamos en él durante un pequeño intervalo.

Una hormiga participa con su diminuta inteligencia. Un árbol participa creciendo y reproduciéndose. Un lobo participa cazando y protegiendo a su manada. Una ballena participa recorriendo los océanos.

Y nosotros participamos pensando.

Pero también destruyendo, construyendo, amando, odiando, creando, investigando y preguntándonos por el significado de nuestra existencia.

Tenemos una característica que parece especialmente extraordinaria: sabemos que existimos y sabemos que algún día dejaremos de existir.

Y aun sabiendo que nuestra vida es limitada, seguimos construyendo cosas que quizá duren más que nosotros.

Escribimos libros.

Levantamos edificios.

Educamos a nuestros hijos.

Descubrimos planetas.

Componemos música.

Buscamos respuestas.

Es como si una pequeña parte del Universo hubiera adquirido conciencia de su propia fugacidad y, aun así, se negara a permanecer indiferente.

¿Hacia dónde va todo esto?

No lo sabemos.

Quizá el Universo tenga un destino que jamás llegaremos a conocer.

Quizá no tenga ningún destino.

Quizá el concepto mismo de «destino» sea exclusivamente humano.

Tal vez el Universo simplemente existe y continúa desarrollándose de acuerdo con sus leyes.

Pero mientras continúa su recorrido, nosotros participamos en él.

Y esa participación puede tener un significado aunque no conozcamos el significado último de todo.

Podemos ser conscientes de nuestra pequeñez sin considerarnos insignificantes.

Porque una criatura diminuta puede contener una pregunta gigantesca.

Un ser humano puede mirar una estrella situada a miles de millones de años luz y preguntarse:

«¿Qué es todo esto?»

Y esa pregunta ya es, en sí misma, un acontecimiento cósmico.

Porque el Universo ha producido algo que puede preguntarse por el Universo.

Por eso me atrevo a pensar que quizá la inteligencia no sea simplemente una propiedad aislada del hombre, sino una de las extraordinarias formas en que la realidad se organiza y se manifiesta.

No sabemos si existe una inteligencia universal.

No sabemos si existe una conciencia cósmica.

No sabemos si detrás de todo hay un propósito.

Pero sí sabemos algo:

estamos aquí.

Somos parte de esta inmensa realidad.

Pensamos dentro de ella.

Vivimos dentro de ella.

Morimos dentro de ella.

Y mientras estamos vivos, participamos en su interminable movimiento.

Quizá esa sea nuestra verdadera condición: somos pequeñas parcelas conscientes de un Universo gigantesco que todavía no sabemos si se dirige hacia alguna parte o simplemente continúa siendo.

Y tal vez la pregunta más extraordinaria no sea saber hacia dónde va el Universo.

Tal vez sea comprender cómo pudo llegar a existir un Universo capaz de producir seres que, mirando hacia las estrellas, fueran capaces de formular esa pregunta.

Ceuta se ahoga algo más cada día que pasa. Y mientras el Gobierno español duerme la mona

 


Ceuta se ahoga algo más cada día que pasa. Y mientras el Gobierno español duerme la mona

Por Bruno Perera

Ceuta no ha vuelto a sufrir esta semana una entrada masiva como la registrada a finales de julio que fue de más de 80.000 inmigrantes ilegales -según algunas fuentes-, pero eso no significa que el problema haya desaparecido. Todo lo contrario: la ciudad continúa intentando digerir las consecuencias de aquella avalancha mientras en la frontera permanece latente el riesgo de nuevos intentos de entrada.

El pasado 23 de septiembre se esperaba incluso un nuevo asalto masivo a la frontera. España reforzó considerablemente la vigilancia y Marruecos hizo lo mismo al otro lado. Finalmente, aquella entrada masiva no se produjo.

Pero que no haya ocurrido un nuevo asalto no quiere decir que Ceuta haya recuperado la normalidad.

Después de los acontecimientos de julio, miles de inmigrantes permanecen todavía en la ciudad. Las cifras ofrecidas por distintas administraciones no coinciden exactamente, pero todas reflejan la magnitud del problema. Una parte ha regresado voluntariamente a Marruecos, otra ha sido trasladada a la Península y otra continúa en Ceuta, alojada en instalaciones oficiales o sobreviviendo en asentamientos improvisados.

Y ahí está precisamente uno de los grandes problemas.

Playas, montes, túneles, edificios abandonados, coches y viviendas sobreocupadas se han convertido en lugares de alojamiento para personas que no disponen de una plaza adecuada. La antigua fábrica del Guano y la zona del Trampolín han vuelto a aparecer esta semana en las noticias por las condiciones en las que viven algunos de estos inmigrantes.

La Policía Nacional tuvo que realizar incluso un operativo para identificar a menores que permanecían en uno de estos asentamientos.

Mientras tanto, continúa otro problema que puede convertirse en una nueva fuente de negocio para las mafias: sacar clandestinamente de Ceuta hacia la Península a quienes ya se encuentran dentro de la ciudad.

La Guardia Civil ha interceptado varias embarcaciones y ha detenido a presuntos patrones dedicados a estos transportes. Según las investigaciones difundidas esta semana, algunos inmigrantes habrían pagado miles de euros por conseguir llegar clandestinamente a la Península.

Es decir, el problema migratorio no termina cuando una persona consigue entrar en Ceuta.

Entonces comienza otro.

Hay que alojarla, identificarla, determinar su situación jurídica, atender a los menores, gestionar sus posibles retornos o traslados y evitar que las mafias conviertan la desesperación de estas personas en un nuevo negocio.

Y mientras tanto, la frontera continúa necesitando refuerzos.

El Ministerio del Interior ha anunciado nuevas actuaciones en El Tarajal, entre ellas la prolongación del espigón y la instalación de elementos de balizamiento. Es una señal bastante evidente de que el Gobierno considera que el riesgo de nuevos intentos de entrada sigue existiendo.

Pero hay algo todavía más preocupante.

Ceuta no solamente tiene un problema en su frontera. Tiene un problema dentro de la propia ciudad.

Los miles de personas que llegaron durante la crisis de julio no desaparecieron cuando Marruecos volvió a reforzar sus controles fronterizos.

Siguen ahí.

Y los servicios de acogida tienen que hacer frente a una situación extraordinaria que se prolonga semana tras semana.

Esta semana, además, se produjo un episodio especialmente grave: dos ciudadanos marroquíes fueron detenidos por su presunta relación con una agresión sexual a una menor de 17 años en uno de los asentamientos. Naturalmente, corresponde a los tribunales determinar las responsabilidades y no se puede convertir un caso concreto en una acusación contra todo un colectivo.

Pero tampoco se puede ocultar que los asentamientos incontrolados generan problemas de seguridad, salubridad y convivencia que las autoridades tienen la obligación de afrontar.

Y existe otro problema que tampoco puede ignorarse: los menores.

Miles de menores fueron identificados después de la avalancha de julio y las administraciones siguen intentando resolver su situación. Algunos han sido reunificados con familiares o trasladados a la Península, pero otros permanecen todavía bajo tutela de las autoridades.

La pregunta es inevitable:

¿Cuánto tiempo puede soportar Ceuta una situación extraordinaria que se está convirtiendo poco a poco en permanente?

Porque una cosa es impedir una nueva avalancha en la frontera y otra muy distinta solucionar las consecuencias de la que ya ocurrió.

Mientras tanto, el debate político se ha trasladado también a Madrid. Miles de personas se manifestaron esta semana en defensa de Ceuta y reclamando responsabilidades por la gestión de la crisis migratoria. Los partidos políticos han convertido lo sucedido en uno de los grandes asuntos de confrontación política.

Pero Ceuta necesita algo más que manifestaciones, declaraciones y enfrentamientos entre partidos.

Necesita soluciones.

Necesita una frontera segura.

Necesita capacidad suficiente para atender a quienes se encuentran en la ciudad.

Necesita una política clara respecto a los menores.

Necesita combatir a las mafias.

Necesita saber qué va a ocurrir con las miles de personas que todavía permanecen allí.

Y necesita, sobre todo, que una situación excepcional no termine convirtiéndose en una situación normal.

Porque mientras en Madrid se discute quién tiene la culpa, en Ceuta continúa transcurriendo el tiempo.

Y cada día que pasa hay más personas que necesitan alojamiento, más menores que necesitan protección, más operaciones policiales, más embarcaciones clandestinas interceptadas y más recursos públicos destinados a gestionar las consecuencias de una crisis que comenzó con una entrada masiva y que todavía no ha terminado.

Ceuta se ahoga algo más cada día que pasa.

Y mientras tanto, desde Madrid, uno tiene a veces la impresión de que el Gobierno español está demasiado ocupado administrando el problema como para resolverlo.

O, dicho en el lenguaje de la calle:

Mientras Ceuta se ahoga, el Gobierno español parece estar durmiendo la mona. Y en todo esto el Reinado marroquí no ha enviado ayuda humanitaria, alimentos, ropa y albergues para esos casi 12.000 inmigrantes que aún quedan en Ceuta. Marruecos se lava las manos y deja el problema en manos de España. Así es como el Reino alauita resuelve los problemas sociales de su gente pobre. Y luego dice a los cuatro vientos que es un país musulmán digno de su Dios Ahlá.

Noticias en el Faro de Ceuta: https://elfarodeceuta.es/

 

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sábado, 26 de septiembre de 2026

Ceuta y Melilla, la OTAN y la diferencia entre los artículos 4 y 5

 


Ceuta y Melilla, la OTAN y la diferencia entre los artículos 4 y 5

Por Bruno Perera

Existe una cierta confusión cuando se habla de qué ocurriría si España entrara en guerra con Marruecos por un conflicto relacionado con Ceuta y Melilla. Se suele mencionar el artículo 5 del Tratado de Washington, que establece el principio de defensa colectiva de la OTAN, pero también aparece el artículo 4, y ambos artículos tienen funciones completamente diferentes.

La primera cuestión que hay que dejar clara es que el artículo 4 no obliga a los países de la OTAN a defender militarmente a España.

El artículo 4 establece que los Estados miembros pueden solicitar consultas cuando consideren que su integridad territorial, independencia política o seguridad están amenazadas. Es decir, España podría plantear ante los demás aliados una situación que considerase una amenaza para su seguridad o para su integridad territorial.

Pero consultar no significa automáticamente intervenir militarmente.

El artículo 5 es diferente. Este artículo establece el principio fundamental de defensa colectiva de la Alianza: un ataque armado contra uno o varios miembros, en las circunstancias contempladas por el Tratado, es considerado un ataque contra todos.

Sin embargo, aquí aparece una cuestión especialmente importante cuando hablamos de Ceuta y Melilla: el artículo 6.

El artículo 6 delimita el ámbito geográfico al que se aplica el mecanismo de defensa colectiva del artículo 5. Precisamente por ello, la situación de las ciudades españolas del norte de África ha sido objeto de preguntas específicas a la OTAN.

La propia organización ha señalado que el ámbito territorial del artículo 5 está determinado por el artículo 6. Por ello, no puede afirmarse simplemente que cualquier enfrentamiento militar entre España y Marruecos en Ceuta o Melilla produciría automáticamente la intervención militar de todos los países de la OTAN.

Y tampoco puede afirmarse lo contrario con absoluta sencillez: que España quedaría necesariamente abandonada por la Alianza.

La cuestión tendría que ser examinada políticamente por los aliados y, en el caso del artículo 5, su aplicación requiere una decisión del Consejo del Atlántico Norte.

Por tanto, conviene distinguir tres situaciones:

Artículo 4: España puede pedir consultas a sus aliados si considera amenazada su seguridad o integridad territorial.

Artículo 5: establece el principio de defensa colectiva cuando se produce un ataque armado comprendido dentro del Tratado.

Artículo 6: determina el ámbito territorial relevante para la aplicación del artículo 5.

Esta diferencia es fundamental porque, en ocasiones, se presenta el artículo 4 como si fuera una especie de «artículo 5 indirecto». No lo es.

Si Marruecos atacara Ceuta o Melilla, España podría plantear la situación ante sus aliados y solicitar consultas en virtud del artículo 4. A partir de ahí, la respuesta de los miembros de la Alianza dependería de las circunstancias concretas del conflicto y de las decisiones políticas que adoptasen los aliados.

Por eso, la cuestión de Ceuta y Melilla dentro de la OTAN es bastante más compleja que decir simplemente «la OTAN defenderá a España» o, en sentido contrario, «la OTAN no defenderá a España».

Lo que dice el Tratado permite afirmar algo mucho más preciso: el artículo 4 proporciona a España un mecanismo de consulta y coordinación ante una amenaza; el artículo 5 establece la defensa colectiva en los casos cubiertos por el Tratado; y el artículo 6 es fundamental para determinar el ámbito territorial de esa garantía.

En definitiva, cuando se habla de una hipotética guerra entre España y Marruecos por Ceuta y Melilla, no se debe confundir el derecho de España a solicitar consultas con una obligación automática de intervención militar por parte de los demás miembros de la OTAN.

La diferencia entre los artículos 4, 5 y 6 puede parecer una cuestión jurídica, pero en una eventual crisis militar entre España y Marruecos podría convertirse en una cuestión de enorme importancia política y estratégica.

 

Tres sórdidos acusados de una agresión sexual quedan libres al cuestionarse la jurisdicción canaria-española en alta mar

 


Tres sórdidos acusados de una agresión sexual quedan libres al cuestionarse la jurisdicción canaria-española en alta mar

Por Bruno Perera

Tres hombres subsaharianos, de 21, 25 y 30 años, fueron detenidos en Lanzarote como presuntos autores de una agresión sexual múltiple contra una mujer  subsahariana que viajaba en el mismo cayuco rumbo a Canarias.

La mujer denunció los hechos nada más llegar al puerto de Arrecife y, según informó la Policía Nacional, otro ocupante de la embarcación manifestó haber presenciado la agresión y corroboró su denuncia.

Los tres detenidos ingresaron inicialmente en prisión provisional. Sin embargo, pocos días después se produjo un giro jurídico: la Fiscalía planteó la posible falta de competencia de los tribunales españoles porque la agresión habría ocurrido durante la travesía, fuera del mar territorial canario-español.

El juzgado acordó posteriormente su puesta en libertad mientras se estudiaba la cuestión de la jurisdicción.

Y aquí comienza un asunto que va mucho más allá de este caso concreto.

¿Dónde ocurrió exactamente la agresión?

Según las informaciones publicadas, los hechos se produjeron el 16 de septiembre durante la travesía hacia Canarias y, presumiblemente, fuera de las aguas territoriales canarias-españolas.

Pero una cosa es determinar dónde se encontraba físicamente una embarcación y otra determinar qué jurisdicción penal resulta aplicable a un delito cometido a bordo.

Canarias tiene un mar territorial de hasta 12 millas náuticas, calculadas desde las correspondientes líneas de base.

Pero eso no significa que todo lo que esté más allá de esas 12 millas sea un espacio sin Derecho.

Significa que hay que determinar qué Estado tiene jurisdicción y qué norma permite ejercerla.

Canarias no es un Estado archipelágico

Aquí también conviene evitar una confusión frecuente.

La legislación española establece un régimen específico para las denominadas aguas canarias, pero ese perímetro no convierte automáticamente todas las aguas situadas dentro de él en mar territorial canario-español.

La propia Ley 44/2010 establece expresamente que el trazado del contorno perimetral de las aguas canarias no altera la delimitación de los espacios marítimos españoles conforme al Derecho internacional.

Canarias tampoco constituye un Estado archipelágico independiente a efectos de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

Por tanto, no basta con dibujar una línea alrededor de todas las islas y considerar que todo lo que quede dentro de ella es automáticamente territorio marítimo canario- español.

Esta distinción es fundamental para entender el caso.

Tampoco la Zona Económica Exclusiva equivale a soberanía

Existe otra confusión que conviene evitar.

La Zona Económica Exclusiva concede al Estado determinados derechos soberanos y competencias, especialmente en relación con los recursos naturales y otras materias previstas por el Derecho del Mar.

Pero una ZEE no equivale al mar territorial ni convierte esas aguas en territorio nacional.

Por eso tampoco puede decirse simplemente que, por encontrarse una embarcación dentro de una determinada zona marítima relacionada con Canarias, España tenga automáticamente la misma competencia que tendría dentro de sus aguas territoriales.

Entonces, ¿por qué España puede actuar contra determinados delitos en alta mar?

Aquí aparece una comparación inevitable.

Que una agresión sexual se haya cometido fuera del mar territorial canario-español no significa que el Derecho internacional establezca que ningún delito pueda perseguirse en alta mar.

Existen tratados internacionales y normas nacionales que permiten ejercer determinadas competencias respecto de delitos cometidos fuera del territorio nacional.

El tráfico ilícito de estupefacientes es un ejemplo conocido de cooperación internacional y de intervención en alta mar.

Pero eso no significa que todos los delitos reciban exactamente el mismo tratamiento jurídico.

La jurisdicción depende del delito, del Estado que pueda ejercerla, de la nacionalidad de las personas implicadas, del pabellón de la embarcación cuando exista y de las normas internacionales y nacionales aplicables.

Por eso no se puede utilizar el ejemplo del narcotráfico para afirmar automáticamente que España puede juzgar cualquier delito cometido en alta mar.

El problema no es solamente demostrar la agresión

Y aquí llegamos al núcleo del asunto.

La Policía investigó la denuncia, localizó a un testigo y detuvo a tres sospechosos. Un juez decretó inicialmente su prisión provisional.

Por tanto, no estamos hablando simplemente de una acusación formulada sin investigación.

El problema jurídico que posteriormente apareció fue otro:

Si la agresión ocurrió realmente fuera del mar territorial canario-español, ¿qué norma atribuye competencia a los tribunales españoles para juzgarla?

Esta es la pregunta que debe responderse.

La legislación española contempla determinados supuestos de jurisdicción sobre delitos cometidos fuera de España, pero no todos los delitos reciben automáticamente el mismo tratamiento.

Por eso la llegada posterior de la embarcación a Lanzarote tampoco significa, por sí sola, que cualquier delito cometido durante la travesía pueda ser juzgado necesariamente por España.

¿Y quién juzga entonces?

Esta es probablemente la pregunta más importante de todo el caso.

Si los presuntos autores son extranjeros, la víctima es extranjera, los testigos son extranjeros y los hechos se produjeron durante una travesía en alta mar, hay que determinar qué Estado tiene jurisdicción efectiva sobre el delito.

Y aquí aparece una cuestión que merece una respuesta muy clara.

Si España considera que sus tribunales carecen de competencia, ¿Qué Estado tiene entonces competencia para investigar y juzgar los hechos?

Porque decir que «otro Estado podría tener jurisdicción» no resuelve por sí solo el problema.

Tiene que existir un Estado que jurídicamente pueda asumir el procedimiento y que, además, efectivamente lo haga.

De lo contrario, existe el riesgo de que un delito grave quede atrapado entre distintas jurisdicciones.

Rescatar no es lo mismo que juzgar

Aquí también debemos distinguir varias cuestiones que con frecuencia se mezclan.

Una cosa es rescatar a una persona que se encuentra en peligro en el mar.

Otra es detener a una persona sospechosa de haber cometido un delito.

Otra es investigar los hechos.

Y otra, completamente diferente, es tener competencia judicial para juzgarlos.

El Derecho internacional del mar contempla obligaciones de prestar auxilio a personas que se encuentran en peligro en el mar.

Por tanto, que España participe en un rescate fuera de sus aguas territoriales no significa que esté ejerciendo soberanía territorial sobre esas aguas.

Del mismo modo, participar en un rescate no significa automáticamente que los tribunales españoles tengan competencia para juzgar todos los delitos que pudieran haberse cometido a bordo de la embarcación.

Son cuestiones jurídicas diferentes.

No es lo mismo narcotráfico que una agresión sexual

Por eso la comparación con el narcotráfico debe hacerse con cuidado.

El hecho de que España pueda intervenir contra determinados narcotraficantes en alta mar no significa que pueda perseguir automáticamente cualquier delito cometido en esas aguas.

La diferencia está precisamente en las normas internacionales y nacionales que atribuyen jurisdicción en cada supuesto.

Y esta diferencia nos lleva a una cuestión de fondo:

¿Existe actualmente una respuesta jurídica suficientemente clara para delitos graves cometidos durante una travesía ilegal hacia España cuando, posteriormente, la víctima, los testigos y los presuntos autores se encuentran en territorio español?

Si la respuesta fuera negativa, quizá habría que estudiar si resulta necesario modificar la legislación o establecer mecanismos internacionales más claros para evitar vacíos jurisdiccionales.

Porque una cosa es respetar escrupulosamente el Derecho internacional y otra permitir que un delito grave quede sin respuesta simplemente porque se produjo en una zona marítima situada fuera de la jurisdicción territorial ordinaria de un Estado.

Una mujer denuncia una agresión y los acusados quedan en libertad

El caso de Lanzarote plantea, por tanto, una cuestión que no debería despacharse simplemente con la frase:

«Ocurrió en aguas internacionales».

Las aguas internacionales no son aguas sin Derecho.

Son aguas en las que la atribución de jurisdicción es diferente y debe determinarse conforme al Derecho internacional y a las legislaciones nacionales aplicables.

Por eso es necesario distinguir cuidadosamente entre el mar territorial de 12 millas, la zona contigua, la Zona Económica Exclusiva, las denominadas aguas canarias y la alta mar.

Son conceptos jurídicos distintos y no atribuyen las mismas competencias.

Y queda una pregunta fundamental

Si finalmente la cuestión de la competencia española se fundamenta en que los hechos ocurrieron fuera de las 12 millas náuticas, hay una pregunta que considero imprescindible responder:

¿Desde dónde y cómo se midieron esas 12 millas náuticas?

No es una cuestión menor.

Habría que conocer la posición exacta de la embarcación cuando presuntamente se produjo la agresión, las coordenadas utilizadas por los investigadores, la línea de base desde la que se efectuó el cálculo y qué informe o resolución judicial establece que el lugar de los hechos se encontraba fuera del mar territorial canario-español.

Porque no basta con decir que una patera estaba «a más de 12 millas de Canarias».

Hay que determinar jurídicamente desde qué punto se miden esas 12 millas y cuál era exactamente la posición de la embarcación en el momento en que ocurrieron los hechos.

Final

Este caso merece una explicación jurídica completa y transparente.

No se trata de pedir que España ignore el Derecho internacional.

Al contrario.

Se trata precisamente de saber qué dice ese Derecho, qué dice la legislación española y qué Estado tiene finalmente la responsabilidad de investigar y juzgar unos hechos tan graves si se confirma que ocurrieron fuera del mar territorial canario-español.

La alta mar puede no pertenecer territorialmente a ningún Estado, pero eso no significa que los delitos cometidos sobre ella deban quedar necesariamente sin juez.

Por eso espero que el señor fiscal y el juez que han intervenido en este caso vuelvan a formular una pregunta muy concreta a quienes participaron en la investigación marítima:

¿Desde dónde, con qué coordenadas y mediante qué procedimiento se determinaron esas 12 millas náuticas?

Porque de la respuesta a esa pregunta puede depender una parte esencial de la discusión sobre quién tiene jurisdicción sobre los hechos.