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sábado, 26 de septiembre de 2026

Ceuta y Melilla, la OTAN y la diferencia entre los artículos 4 y 5

 


Ceuta y Melilla, la OTAN y la diferencia entre los artículos 4 y 5

Por Bruno Perera

Existe una cierta confusión cuando se habla de qué ocurriría si España entrara en guerra con Marruecos por un conflicto relacionado con Ceuta y Melilla. Se suele mencionar el artículo 5 del Tratado de Washington, que establece el principio de defensa colectiva de la OTAN, pero también aparece el artículo 4, y ambos artículos tienen funciones completamente diferentes.

La primera cuestión que hay que dejar clara es que el artículo 4 no obliga a los países de la OTAN a defender militarmente a España.

El artículo 4 establece que los Estados miembros pueden solicitar consultas cuando consideren que su integridad territorial, independencia política o seguridad están amenazadas. Es decir, España podría plantear ante los demás aliados una situación que considerase una amenaza para su seguridad o para su integridad territorial.

Pero consultar no significa automáticamente intervenir militarmente.

El artículo 5 es diferente. Este artículo establece el principio fundamental de defensa colectiva de la Alianza: un ataque armado contra uno o varios miembros, en las circunstancias contempladas por el Tratado, es considerado un ataque contra todos.

Sin embargo, aquí aparece una cuestión especialmente importante cuando hablamos de Ceuta y Melilla: el artículo 6.

El artículo 6 delimita el ámbito geográfico al que se aplica el mecanismo de defensa colectiva del artículo 5. Precisamente por ello, la situación de las ciudades españolas del norte de África ha sido objeto de preguntas específicas a la OTAN.

La propia organización ha señalado que el ámbito territorial del artículo 5 está determinado por el artículo 6. Por ello, no puede afirmarse simplemente que cualquier enfrentamiento militar entre España y Marruecos en Ceuta o Melilla produciría automáticamente la intervención militar de todos los países de la OTAN.

Y tampoco puede afirmarse lo contrario con absoluta sencillez: que España quedaría necesariamente abandonada por la Alianza.

La cuestión tendría que ser examinada políticamente por los aliados y, en el caso del artículo 5, su aplicación requiere una decisión del Consejo del Atlántico Norte.

Por tanto, conviene distinguir tres situaciones:

Artículo 4: España puede pedir consultas a sus aliados si considera amenazada su seguridad o integridad territorial.

Artículo 5: establece el principio de defensa colectiva cuando se produce un ataque armado comprendido dentro del Tratado.

Artículo 6: determina el ámbito territorial relevante para la aplicación del artículo 5.

Esta diferencia es fundamental porque, en ocasiones, se presenta el artículo 4 como si fuera una especie de «artículo 5 indirecto». No lo es.

Si Marruecos atacara Ceuta o Melilla, España podría plantear la situación ante sus aliados y solicitar consultas en virtud del artículo 4. A partir de ahí, la respuesta de los miembros de la Alianza dependería de las circunstancias concretas del conflicto y de las decisiones políticas que adoptasen los aliados.

Por eso, la cuestión de Ceuta y Melilla dentro de la OTAN es bastante más compleja que decir simplemente «la OTAN defenderá a España» o, en sentido contrario, «la OTAN no defenderá a España».

Lo que dice el Tratado permite afirmar algo mucho más preciso: el artículo 4 proporciona a España un mecanismo de consulta y coordinación ante una amenaza; el artículo 5 establece la defensa colectiva en los casos cubiertos por el Tratado; y el artículo 6 es fundamental para determinar el ámbito territorial de esa garantía.

En definitiva, cuando se habla de una hipotética guerra entre España y Marruecos por Ceuta y Melilla, no se debe confundir el derecho de España a solicitar consultas con una obligación automática de intervención militar por parte de los demás miembros de la OTAN.

La diferencia entre los artículos 4, 5 y 6 puede parecer una cuestión jurídica, pero en una eventual crisis militar entre España y Marruecos podría convertirse en una cuestión de enorme importancia política y estratégica.

 

Tres sórdidos acusados de una agresión sexual quedan libres al cuestionarse la jurisdicción canaria-española en alta mar

 


Tres sórdidos acusados de una agresión sexual quedan libres al cuestionarse la jurisdicción canaria-española en alta mar

Por Bruno Perera

Tres hombres subsaharianos, de 21, 25 y 30 años, fueron detenidos en Lanzarote como presuntos autores de una agresión sexual múltiple contra una mujer  subsahariana que viajaba en el mismo cayuco rumbo a Canarias.

La mujer denunció los hechos nada más llegar al puerto de Arrecife y, según informó la Policía Nacional, otro ocupante de la embarcación manifestó haber presenciado la agresión y corroboró su denuncia.

Los tres detenidos ingresaron inicialmente en prisión provisional. Sin embargo, pocos días después se produjo un giro jurídico: la Fiscalía planteó la posible falta de competencia de los tribunales españoles porque la agresión habría ocurrido durante la travesía, fuera del mar territorial canario-español.

El juzgado acordó posteriormente su puesta en libertad mientras se estudiaba la cuestión de la jurisdicción.

Y aquí comienza un asunto que va mucho más allá de este caso concreto.

¿Dónde ocurrió exactamente la agresión?

Según las informaciones publicadas, los hechos se produjeron el 16 de septiembre durante la travesía hacia Canarias y, presumiblemente, fuera de las aguas territoriales canarias-españolas.

Pero una cosa es determinar dónde se encontraba físicamente una embarcación y otra determinar qué jurisdicción penal resulta aplicable a un delito cometido a bordo.

Canarias tiene un mar territorial de hasta 12 millas náuticas, calculadas desde las correspondientes líneas de base.

Pero eso no significa que todo lo que esté más allá de esas 12 millas sea un espacio sin Derecho.

Significa que hay que determinar qué Estado tiene jurisdicción y qué norma permite ejercerla.

Canarias no es un Estado archipelágico

Aquí también conviene evitar una confusión frecuente.

La legislación española establece un régimen específico para las denominadas aguas canarias, pero ese perímetro no convierte automáticamente todas las aguas situadas dentro de él en mar territorial canario-español.

La propia Ley 44/2010 establece expresamente que el trazado del contorno perimetral de las aguas canarias no altera la delimitación de los espacios marítimos españoles conforme al Derecho internacional.

Canarias tampoco constituye un Estado archipelágico independiente a efectos de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

Por tanto, no basta con dibujar una línea alrededor de todas las islas y considerar que todo lo que quede dentro de ella es automáticamente territorio marítimo canario- español.

Esta distinción es fundamental para entender el caso.

Tampoco la Zona Económica Exclusiva equivale a soberanía

Existe otra confusión que conviene evitar.

La Zona Económica Exclusiva concede al Estado determinados derechos soberanos y competencias, especialmente en relación con los recursos naturales y otras materias previstas por el Derecho del Mar.

Pero una ZEE no equivale al mar territorial ni convierte esas aguas en territorio nacional.

Por eso tampoco puede decirse simplemente que, por encontrarse una embarcación dentro de una determinada zona marítima relacionada con Canarias, España tenga automáticamente la misma competencia que tendría dentro de sus aguas territoriales.

Entonces, ¿por qué España puede actuar contra determinados delitos en alta mar?

Aquí aparece una comparación inevitable.

Que una agresión sexual se haya cometido fuera del mar territorial canario-español no significa que el Derecho internacional establezca que ningún delito pueda perseguirse en alta mar.

Existen tratados internacionales y normas nacionales que permiten ejercer determinadas competencias respecto de delitos cometidos fuera del territorio nacional.

El tráfico ilícito de estupefacientes es un ejemplo conocido de cooperación internacional y de intervención en alta mar.

Pero eso no significa que todos los delitos reciban exactamente el mismo tratamiento jurídico.

La jurisdicción depende del delito, del Estado que pueda ejercerla, de la nacionalidad de las personas implicadas, del pabellón de la embarcación cuando exista y de las normas internacionales y nacionales aplicables.

Por eso no se puede utilizar el ejemplo del narcotráfico para afirmar automáticamente que España puede juzgar cualquier delito cometido en alta mar.

El problema no es solamente demostrar la agresión

Y aquí llegamos al núcleo del asunto.

La Policía investigó la denuncia, localizó a un testigo y detuvo a tres sospechosos. Un juez decretó inicialmente su prisión provisional.

Por tanto, no estamos hablando simplemente de una acusación formulada sin investigación.

El problema jurídico que posteriormente apareció fue otro:

Si la agresión ocurrió realmente fuera del mar territorial canario-español, ¿qué norma atribuye competencia a los tribunales españoles para juzgarla?

Esta es la pregunta que debe responderse.

La legislación española contempla determinados supuestos de jurisdicción sobre delitos cometidos fuera de España, pero no todos los delitos reciben automáticamente el mismo tratamiento.

Por eso la llegada posterior de la embarcación a Lanzarote tampoco significa, por sí sola, que cualquier delito cometido durante la travesía pueda ser juzgado necesariamente por España.

¿Y quién juzga entonces?

Esta es probablemente la pregunta más importante de todo el caso.

Si los presuntos autores son extranjeros, la víctima es extranjera, los testigos son extranjeros y los hechos se produjeron durante una travesía en alta mar, hay que determinar qué Estado tiene jurisdicción efectiva sobre el delito.

Y aquí aparece una cuestión que merece una respuesta muy clara.

Si España considera que sus tribunales carecen de competencia, ¿Qué Estado tiene entonces competencia para investigar y juzgar los hechos?

Porque decir que «otro Estado podría tener jurisdicción» no resuelve por sí solo el problema.

Tiene que existir un Estado que jurídicamente pueda asumir el procedimiento y que, además, efectivamente lo haga.

De lo contrario, existe el riesgo de que un delito grave quede atrapado entre distintas jurisdicciones.

Rescatar no es lo mismo que juzgar

Aquí también debemos distinguir varias cuestiones que con frecuencia se mezclan.

Una cosa es rescatar a una persona que se encuentra en peligro en el mar.

Otra es detener a una persona sospechosa de haber cometido un delito.

Otra es investigar los hechos.

Y otra, completamente diferente, es tener competencia judicial para juzgarlos.

El Derecho internacional del mar contempla obligaciones de prestar auxilio a personas que se encuentran en peligro en el mar.

Por tanto, que España participe en un rescate fuera de sus aguas territoriales no significa que esté ejerciendo soberanía territorial sobre esas aguas.

Del mismo modo, participar en un rescate no significa automáticamente que los tribunales españoles tengan competencia para juzgar todos los delitos que pudieran haberse cometido a bordo de la embarcación.

Son cuestiones jurídicas diferentes.

No es lo mismo narcotráfico que una agresión sexual

Por eso la comparación con el narcotráfico debe hacerse con cuidado.

El hecho de que España pueda intervenir contra determinados narcotraficantes en alta mar no significa que pueda perseguir automáticamente cualquier delito cometido en esas aguas.

La diferencia está precisamente en las normas internacionales y nacionales que atribuyen jurisdicción en cada supuesto.

Y esta diferencia nos lleva a una cuestión de fondo:

¿Existe actualmente una respuesta jurídica suficientemente clara para delitos graves cometidos durante una travesía ilegal hacia España cuando, posteriormente, la víctima, los testigos y los presuntos autores se encuentran en territorio español?

Si la respuesta fuera negativa, quizá habría que estudiar si resulta necesario modificar la legislación o establecer mecanismos internacionales más claros para evitar vacíos jurisdiccionales.

Porque una cosa es respetar escrupulosamente el Derecho internacional y otra permitir que un delito grave quede sin respuesta simplemente porque se produjo en una zona marítima situada fuera de la jurisdicción territorial ordinaria de un Estado.

Una mujer denuncia una agresión y los acusados quedan en libertad

El caso de Lanzarote plantea, por tanto, una cuestión que no debería despacharse simplemente con la frase:

«Ocurrió en aguas internacionales».

Las aguas internacionales no son aguas sin Derecho.

Son aguas en las que la atribución de jurisdicción es diferente y debe determinarse conforme al Derecho internacional y a las legislaciones nacionales aplicables.

Por eso es necesario distinguir cuidadosamente entre el mar territorial de 12 millas, la zona contigua, la Zona Económica Exclusiva, las denominadas aguas canarias y la alta mar.

Son conceptos jurídicos distintos y no atribuyen las mismas competencias.

Y queda una pregunta fundamental

Si finalmente la cuestión de la competencia española se fundamenta en que los hechos ocurrieron fuera de las 12 millas náuticas, hay una pregunta que considero imprescindible responder:

¿Desde dónde y cómo se midieron esas 12 millas náuticas?

No es una cuestión menor.

Habría que conocer la posición exacta de la embarcación cuando presuntamente se produjo la agresión, las coordenadas utilizadas por los investigadores, la línea de base desde la que se efectuó el cálculo y qué informe o resolución judicial establece que el lugar de los hechos se encontraba fuera del mar territorial canario-español.

Porque no basta con decir que una patera estaba «a más de 12 millas de Canarias».

Hay que determinar jurídicamente desde qué punto se miden esas 12 millas y cuál era exactamente la posición de la embarcación en el momento en que ocurrieron los hechos.

Final

Este caso merece una explicación jurídica completa y transparente.

No se trata de pedir que España ignore el Derecho internacional.

Al contrario.

Se trata precisamente de saber qué dice ese Derecho, qué dice la legislación española y qué Estado tiene finalmente la responsabilidad de investigar y juzgar unos hechos tan graves si se confirma que ocurrieron fuera del mar territorial canario-español.

La alta mar puede no pertenecer territorialmente a ningún Estado, pero eso no significa que los delitos cometidos sobre ella deban quedar necesariamente sin juez.

Por eso espero que el señor fiscal y el juez que han intervenido en este caso vuelvan a formular una pregunta muy concreta a quienes participaron en la investigación marítima:

¿Desde dónde, con qué coordenadas y mediante qué procedimiento se determinaron esas 12 millas náuticas?

Porque de la respuesta a esa pregunta puede depender una parte esencial de la discusión sobre quién tiene jurisdicción sobre los hechos.

 

viernes, 25 de septiembre de 2026

Marruecos ha parado la invasión inmigratoria de Ceuta pero no la de Canarias

 


Marruecos ha parado la invasión inmigratoria de Ceuta pero no la de Canarias

Por Bruno Perera

Marruecos parece haber cerrado, al menos por ahora, la puerta de entrada terrestre y de mar a Ceuta después de la gigantesca entrada de inmigrantes registrada el pasado mes de julio. Pero mientras Rabat refuerza la frontera de Ceuta para impedir nuevas entradas masivas, las embarcaciones continúan saliendo de las costas marroquíes rumbo a Canarias.

Y aquí aparece una diferencia que merece ser observada.

En las últimas dos semanas se está produciendo una importante actividad de pateras y neumáticas en la ruta hacia Canarias. Especialmente llamativo está siendo lo ocurrido en Lanzarote, donde en apenas 24 horas fueron rescatadas cuatro embarcaciones precarias con 189 personas. Tres de ellas estaban ocupadas por personas de origen magrebí y, según el Consorcio de Emergencias de Lanzarote, las dos neumáticas habían salido de Marruecos. (Radio Televisión Canaria)

La situación no terminó ahí. El 24 de septiembre fueron rescatadas en Canarias cinco embarcaciones con unos 429 inmigrantes, tres de ellas localizadas al noreste de Lanzarote, con 185 personas en total. (Europa Press)

Días antes, el 16 de septiembre, otra neumática procedente de la zona de Tan-Tan, en Marruecos, protagonizó una tragedia frente a Lanzarote. Salvamento Marítimo rescató a los supervivientes, mientras que fueron recuperados tres cadáveres y los supervivientes afirmaron que otras diez personas habían desaparecido en el mar. (Cadena SER)

Es decir, mientras Marruecos está utilizando un importante dispositivo de seguridad para impedir que se repita en Ceuta una entrada masiva como la de julio, la presión migratoria marítima hacia Canarias continúa.

Según las informaciones publicadas durante estas últimas semanas, puede hablarse de un ritmo aproximado de dos pateras o neumáticas diarias en determinados periodos, aunque esta cifra debe entenderse como una estimación y no como una estadística oficial cerrada. El número exacto puede variar porque las autoridades y los medios actualizan las operaciones de rescate y porque algunas informaciones agrupan varias embarcaciones.

Lo que sí está perfectamente documentado es que Lanzarote está recibiendo nuevamente un número considerable de embarcaciones en muy poco tiempo.

Y existe además una diferencia entre las rutas. En las operaciones recientes aparecen embarcaciones con personas de origen magrebí que habían salido de Marruecos, mientras que otras embarcaciones transportan personas subsaharianas procedentes de otras zonas de África Occidental. Por ejemplo, la embarcación rescatada el 23 de septiembre con 62 personas estaba ocupada por personas subsaharianas. (Europa Press)

Por tanto, no todas las llegadas a Canarias pueden atribuirse a Marruecos. Pero tampoco puede ignorarse el hecho de que Marruecos continúa siendo uno de los puntos de salida de la ruta hacia Canarias. Las propias informaciones de las autoridades canarias identifican Marruecos y el Sáhara Occidental entre los principales puntos de salida hacia el archipiélago. (Radio Televisión Canaria)

Mientras tanto, en Ceuta la situación es diferente. Marruecos ha reforzado considerablemente el control de su frontera ante el temor de nuevos intentos de entrada masiva, con miles de efectivos y nuevas medidas de vigilancia. (El País)

La conclusión que se desprende de estos hechos es sencilla: la presión migratoria no ha desaparecido; se ha desplazado y presenta diferentes formas según la frontera y la ruta utilizada.

Marruecos puede reforzar la frontera terrestre con Ceuta y dificultar las entradas masivas por tierra o por mar en ese punto, pero eso no significa necesariamente que la salida de embarcaciones hacia Canarias haya quedado cerrada.

Y mientras en Ceuta se levantan más barreras, se despliegan más policías y se intensifica la vigilancia, en las aguas que separan África de Canarias Salvamento Marítimo continúa encontrando pateras y neumáticas.

La pregunta, por tanto, no es solamente cuántas personas llegan a Canarias cada día.

La pregunta es también cuántas embarcaciones siguen saliendo de las costas africanas y por qué continúan haciéndolo mientras Marruecos intensifica el control de otras de sus fronteras.

Canarias sigue siendo una de las principales puertas marítimas de entrada a Europa desde África Occidental. Y los acontecimientos de estos últimos días demuestran que esa puerta continúa abierta.

 

jueves, 24 de septiembre de 2026

De Marruecos no hay que fiarse sino ser duro con el mismo

 


De Marruecos no hay que fiarse sino ser duro con el mismo

Por Bruno Perera

La crisis migratoria que sufrió Ceuta durante los días 30 y 31 de julio continúa teniendo consecuencias económicas, sociales y políticas. Más de 80.000 inmigrantes ilegales entraron en la ciudad en aquellas jornadas y, casi dos meses después, el problema todavía no puede considerarse completamente cerrado.

Los últimos datos conocidos indican que 334 migrantes han sido expulsados de Ceuta desde el 30 de julio y cerca de 7.000 han regresado voluntariamente a Marruecos desde el 10 de agosto. Solo el miércoles 23 de septiembre regresaron voluntariamente 165 personas.

Mientras tanto, el Gobierno español ha tenido que movilizar recursos extraordinarios para atender la situación. Ceuta ha tenido que ampliar sus recursos de acogida, seguridad y atención social, mientras las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad mantienen una vigilancia especial de la frontera. (Y mientras Marruecos no ha sido capaz ni humano para mandar alimentos, ropa y albergues para su gente que está en Ceuta huyendo del hambre que padecía en el feudo de Mohamed VI).

Una factura que puede ser enorme

El problema no consiste únicamente en alimentar y alojar a miles de personas. Hay que sumar los gastos de seguridad, atención sanitaria, servicios sociales, instalaciones, personal, procedimientos administrativos, transporte y retornos, además de las consecuencias económicas que la crisis produce sobre la propia ciudad.

Algunos cálculos publicados ya sitúan en decenas de millones de euros el coste directo para Ceuta y advierten de que continuará aumentando.

Por eso considero razonable preguntarnos cuánto terminará costando finalmente esta crisis al conjunto de España. Una estimación de más de 500 millones de euros no puede presentarse hoy como una cifra oficial confirmada, pero el volumen de recursos movilizados hace perfectamente legítimo plantearse si el coste final podría alcanzar una cantidad de ese orden.

Y aquí aparece una cuestión que debería estudiarse seriamente.

Si se ofrecieran 1.000 euros y el viaje gratuito de regreso a Marruecos a cada inmigrante que hubiera entrado ilegalmente y 80.000 aceptara retornar voluntariamente, incluso tomando como referencia 80.000 inmigrantes, el coste teórico de esas ayudas sería de unos 80 millones de euros, sin contar los gastos de transporte y gestión.

Naturalmente, cualquier programa de este tipo tendría que ajustarse a la legislación española y europea, distinguir entre las diferentes situaciones jurídicas de las personas afectadas y establecer garantías para evitar nuevas entradas irregulares.

Pero la comparación económica merece ser estudiada: ¿cuánto cuesta mantener durante meses a decenas de miles de personas en territorio español y cuánto costaría facilitar un retorno voluntario?

El anunciado asalto del 23 de septiembre

Durante los días anteriores al 23 de septiembre circularon llamamientos en redes sociales para realizar una nueva entrada masiva en Ceuta coincidiendo con las elecciones legislativas marroquíes.

Las autoridades españolas reforzaron la frontera ante el temor de que pudiera repetirse lo sucedido en julio.

Sin embargo, llegó el día señalado y no se produjo la anunciada invasión masiva.

Este hecho ha dado lugar a numerosas interpretaciones. Una de ellas sostiene que aquella amenaza pudo formar parte de una maniobra destinada a presentar a Marruecos como un país que nada tuvo que ver con los acontecimientos de julio.

Pero aquí conviene distinguir entre una interpretación política y un hecho demostrado. Hasta el momento hay pruebas públicas suficientes para afirmar que la convocatoria del 23 de septiembre fue anunciada por Marruecos con el objetivo de manipular la anterior invasión con el cuento de que podría haber otra.

Entre tanto lo que conocemos son informaciones mucho más concretas sobre lo sucedido durante la crisis de julio.

¿Qué ocurrió realmente en julio?

Un informe policial citado por RTVE señala que agentes de la Gendarmería marroquí, tanto uniformados como de paisano, habrían guiado a grupos de migrantes durante las entradas masivas del 30 y 31 de julio.

Ese informe fue remitido a la Audiencia Nacional dentro de las diligencias destinadas a esclarecer lo ocurrido.

Si las investigaciones judiciales confirmasen esas actuaciones, estaríamos ante un dato de enorme importancia para comprender cómo se produjo aquella entrada masiva.

Al mismo tiempo, el Gobierno español continúa manteniendo la cooperación con Marruecos en materia migratoria y de seguridad.

Y aquí está precisamente una de las mayores dificultades de la situación: España necesita cooperar con su vecino del sur, pero también necesita tener la seguridad de que su frontera no será utilizada como instrumento de presión política.

España tiene que aprender de lo ocurrido

La experiencia de julio debería servir para que España no vuelva a encontrarse desprevenida ante una situación semejante.

Ceuta es una ciudad española situada en una posición geográfica extraordinariamente delicada. No puede soportar indefinidamente que miles de personas entren ilegalmente en su territorio y que después sean necesarios enormes recursos económicos y humanos para solucionar las consecuencias.

España debe mantener una frontera perfectamente protegida, disponer de procedimientos rápidos y legalmente sólidos para los retornos y exigir a Marruecos que cumpla sus compromisos.

El Gobierno ya prepara nuevas medidas en El Tarajal. Interior ha iniciado los trámites para prolongar el espigón y sustituir la actual barrera flotante por un sistema permanente de balizamiento.

También es significativo que los retornos voluntarios estén aumentando. Según los datos publicados, cerca de 7.000 personas ya han regresado voluntariamente a Marruecos desde agosto.

Eso demuestra que el retorno voluntario puede ser una herramienta importante dentro de una política migratoria ordenada, siempre que se aplique conforme a la legislación y con las garantías correspondientes.

Con Marruecos, cooperación sí, pero también firmeza

España puede y debe cooperar con Marruecos. Son países vecinos y existen numerosos intereses comunes.

Pero cooperar no significa aceptar cualquier cosa.

Cuando se produce una crisis fronteriza de la dimensión de la sufrida por Ceuta, España tiene derecho a pedir explicaciones y a exigir garantías.

Y si las investigaciones determinan que hubo participación de agentes marroquíes en la organización o conducción de grupos hacia la frontera española, deberán extraerse las consecuencias diplomáticas y políticas que correspondan.

España y la UE., tampoco deberían volver a esperar a que una crisis alcance proporciones gigantescas para reaccionar.

La frontera debe estar protegida antes de que se produzca la avalancha, no después.

Ceuta no puede quedar nuevamente sola ante una situación semejante.

Y si finalmente la crisis termina costando a España cientos de millones de euros, habrá que preguntarse si una parte importante de ese dinero podría haberse evitado mediante una política más rápida de retorno, una frontera mejor protegida y una mayor exigencia al país vecino.

Una última reflexión

Marruecos es un país con el que España necesita mantener relaciones, pero esas relaciones deben estar basadas en la confianza verificable, el cumplimiento de los acuerdos y el respeto a la soberanía española.

España debe cooperar cuando exista cooperación real y debe ser firme cuando sus intereses y su frontera estén en juego.

Y termino con una reflexión que conviene no olvidar: en Marruecos no vuela una mosca sin que su rey se entere.

Por eso, cuando ocurren acontecimientos de la magnitud de los vividos en Ceuta, España tiene derecho a exigir explicaciones claras, responsabilidades y garantías de que algo semejante no volverá a suceder.

Final. Marruecos sigue jugando al gato y al ratón con España. En Ceuta ha parado la invasión pero la continua hacia Canarias. Están llegando a las islas unas 4 pateras cada día.

 

miércoles, 23 de septiembre de 2026

Marruecos siempre ha utilizado y sigue utilizando a su probre gente como carne de cañón en sus disputas políticas

 


Marruecos siempre ha utilizado y sigue utilizando a su pobre gente como carne de cañón en sus disputas políticas

Por Bruno Perera

Hay países que utilizan la diplomacia para resolver sus problemas y hay gobiernos que convierten los problemas de sus propios ciudadanos en instrumentos de presión política. Marruecos pertenece, a mi juicio, a este segundo grupo: es ruin y explotador de su gente.

No estoy hablando del pueblo marroquí, sino de quienes gobiernan Marruecos y de la forma en que, durante décadas, han utilizado determinadas cuestiones —la inmigración, Ceuta y Melilla, el Sáhara Occidental y el sentimiento nacionalista— como instrumentos de presión frente a España y Europa.

Y aquí aparece una contradicción que resulta difícil de ignorar: miles de marroquíes buscan una vida mejor fuera de su país porque en el suyo solo obtienen entre 5 o 10 euros por 8 horas de trabajo,  y en ello el poder político impulsa precisamente ese deseo de emigrar en los marroquíes pobres como elemento de cambiar sus vidas

El ciudadano pobre termina pagando la factura

Marruecos es un país con grandes diferencias sociales y económicas. La propia realidad reciente del país lo demuestra. En 2026 el desempleo juvenil continúa siendo elevado y existe un fuerte descontento entre sectores de la población joven por las oportunidades laborales, los servicios públicos y las desigualdades. (Reuters)

Ante esa situación cabe hacerse una pregunta sencilla:

¿Por qué un joven marroquí tiene que arriesgar su vida en el mar para buscar en Europa las oportunidades que no encuentra en su propio país?

No debería ser necesario.

Un Estado que quiera realmente el bienestar de sus ciudadanos debería procurar que sus jóvenes pudieran trabajar, formar una familia y vivir dignamente en su propia tierra.

Pero cuando la emigración se convierte en una salida para miles de personas desesperadas, esas mismas personas pueden terminar transformadas en una herramienta involuntaria de la política internacional.

Y ahí es donde aparece lo que considero más injusto: el ciudadano pobre acaba pagando los platos rotos de las disputas entre gobiernos.

Ceuta y Melilla no pueden convertirse en moneda de cambio

Marruecos mantiene sus reivindicaciones ficticias y de propaganda sobre Ceuta y Melilla, mientras España sostiene que la soberanía de ambas ciudades no está sometida a negociación. En agosto de 2026, el Gobierno español y la UE volvieron a rechazar expresamente negociar la soberanía de las dos ciudades con Marruecos. (Reuters)

Desde mi punto de vista, pretender modificar las fronteras internacionales simplemente porque un Estado considera que determinado territorio debería pertenecerle abriría una puerta extremadamente peligrosa.

Porque si aceptáramos que las fronteras pueden modificarse unilateralmente basándose en reivindicaciones históricas, entonces tendríamos que revisar una enorme cantidad de fronteras existentes en el mundo.

¿Dónde terminaría el proceso?

¿Habría que revisar las fronteras de Europa, Oriente Medio, Asia, África o América cada vez que un Estado reclamara territorios que considera históricamente suyos?

Las fronteras internacionales, con independencia de las opiniones que cada uno pueda tener sobre ellas, no pueden convertirse en un juego permanente de reclamaciones territoriales.

La inmigración no debe ser un arma diplomática

La inmigración es un fenómeno humano. Detrás de cada inmigrante hay una persona, una familia, una historia y muchas veces una situación económica difícil.

Por eso considero especialmente grave que las personas que intentan emigrar puedan terminar convirtiéndose en instrumentos de presión política.

En julio de 2026 se produjo una entrada masiva de personas en Ceuta desde Marruecos. Las cifras comunicadas posteriormente superaron las 80.000 personas, aunque la mayoría comandados por agentes de Marruecos abandonó después el territorio. La responsabilidad exacta sobre cómo se produjo aquella entrada masiva continúa siendo objeto de controversia. El Gobierno español afirmó que no tenía pruebas concretas de que las autoridades marroquíes hubieran organizado la operación, mientras que un informe policial español señaló una actuación anormalmente pasiva de las fuerzas marroquíes durante varias horas. Lo que da a entender que la invasión de Ceuta fue orquestada por el Estado Marroquí, como ha hecho otras tantas veces. Recuerde año 2021 y las tantas miles de pateras y zodiacs que han mandado a Canarias durante más de 30 años. (Reuters)

Por tanto, no hace falta afirmar aquello que está demostrado.

Basta con formular una pregunta política:

¿Puede un Estado utilizar su capacidad para controlar —o no controlar— sus fronteras como mecanismo de presión sobre otro Estado?

Si la respuesta fuera afirmativa, estaríamos ante un problema gravísimo para toda Europa.

El poder, la religión y el ciudadano

La Constitución marroquí establece que el islam es la religión del Estado y atribuye al rey, como Amir al-Muminin —Comendador de los Creyentes—, importantes funciones religiosas. (Proyecto Constitución)

Esto no significa que todos los marroquíes piensen igual ni que todos acepten la utilización política de la religión. Sería injusto afirmarlo.

Pero sí resulta legítimo preguntarse qué ocurre cuando religión, monarquía, identidad nacional y poder político aparecen estrechamente vinculados.

La religión pertenece a la conciencia de cada persona. No debería utilizarse para impedir que un ciudadano pueda cuestionar a su Gobierno, criticar una política pública o reclamar mejores condiciones de vida.

Y existen hechos que obligan a plantearse esta cuestión. Amnistía Internacional ha documentado durante los últimos años procesos contra periodistas, activistas y personas críticas con las autoridades marroquíes, además de restricciones a la libertad de expresión y de reunión. (Amnesty International)

Incluso existen casos recientes de personas condenadas por expresiones consideradas ofensivas para el islam. (Amnesty International)

Eso demuestra que la libertad de expresión en Marruecos sigue teniendo límites que en una democracia europea resultarían extraordinariamente controvertidos.

No es una crítica contra el pueblo marroquí

Quiero dejar esto muy claro.

Mi crítica no está dirigida contra los marroquíes.

El pueblo marroquí merece exactamente lo mismo que cualquier otro pueblo: trabajo digno, educación, sanidad, seguridad, libertad de expresión y posibilidades de prosperar.

Precisamente por eso considero injusto que personas que viven con dificultades económicas puedan ser utilizadas como instrumentos en conflictos políticos que ellas no han provocado.

Un joven que cruza una frontera no debería ser considerado una pieza de ajedrez.

Un menor que llega a Ceuta no debería convertirse en un arma diplomática.

Una familia que abandona Marruecos buscando trabajo no debería ser utilizada para presionar a España.

Y un ciudadano marroquí tampoco debería ser obligado a elegir entre su identidad nacional y su derecho a cuestionar al poder.

Marruecos necesita mirar hacia dentro

Antes de reclamar territorios españoles, quizá sería más útil que el poder marroquí se preguntara por qué tantos de sus propios ciudadanos desean marcharse.

Antes de utilizar la cuestión migratoria como elemento de presión internacional, sería más beneficioso crear las condiciones para que emigrar dejara de ser una necesidad para tantas personas.

Antes de hablar permanentemente de Ceuta y Melilla, habría que hablar también de empleo, salarios, vivienda, educación, sanidad y libertad.

Porque un país verdaderamente fuerte no necesita que sus ciudadanos arriesguen la vida para demostrar su fortaleza.

Un país verdaderamente fuerte es aquel en el que sus ciudadanos quieren quedarse.

Y esa debería ser la verdadera batalla política de Marruecos: no conseguir que los pobres crucen sus fronteras, sino conseguir que tengan razones para no querer hacerlo.

Mientras tanto, Europa no debería aceptar que la inmigración se convierta en moneda de cambio.

Las personas no son mercancías.

Los inmigrantes no son soldados.

Los menores no son instrumentos diplomáticos.

Y los ciudadanos pobres de ningún país deberían ser utilizados como carne de cañón en las disputas políticas de sus gobernantes.