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jueves, 24 de agosto de 2023

Hipotéticos escenarios de guerra civil en España

 


Hipotéticos escenarios de guerra civil en España

Por Bruno Perera

Hipotéticos escenarios de guerra civil en España por culpa de socialistas, comunistas e independentistas.

En el hipotético caso de que la Comunidad catalana no se atuviera a lo que se expone en los artículos 28.1, 9.1.2.3, y 92. 1. 2, de la Constitución Española y decidiera lograr la independencia por medio de la política y armas que alguna nación simpatizante con su causa le proveyera, se crearía una guerra civil en casi toda España, la cual se propagaría al País Vasco, Galicia, Castilla y Andalucía, que dislocaría políticamente, socialmente y económicamente todo el territorio peninsular español.

Artículo 2

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Artículo 8

1.Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

Artículo 9.

1.Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

2.Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

3.La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Artículo 92

1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.

2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.

Ver en el siguiente enlace larga e importante sinopsis sobre el artículo 92, en concordancia con los artículos: 1.2, 23.1, 62c) 64, 149.1, 32ª, 151, 152.2, 167.3, 168.3, DT4.

https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=92&tipo=2

Nota. Para prevenir el fraude de consultas populares camufladas de referéndum, como la que llevaron a cabo los partidos independentistas catalanes el 01 de octubre del 2017 en la Comunidad catalana, la Constitución Española prevé en su artículo 155.1.2 lo siguiente:

Artículo 155

1.Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

2.Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

A hilo con lo que he venido exponiendo. En el hipotético caso de que el Congreso de los Diputados pasara por alto lo que expone el artículo 2 de la Constitución Española y tomara el artículo 92.1.2.3 como legal para llevar a cabo referéndum consultivos relacionados con la reivindicación de independencia de una u otra Comunidad; y si siguiendo el artículo 92.1.2.3 por mayoría absoluta concediera a la Comunidad catalana el derecho a la celebración de un referéndum consultivo de independencia, con la aprobación del Tribunal Constitucional, la firma del Presidente del Gobierno español y la del Rey;  en ese entonces cuando se presentara el referéndum a la nación española si el pueblo español votara por mayoría no otorgarle la independencia a la Comunidad catalana, quedaría todo su anhelo independentista en (stand by), y los catalanes tendrían que mantenerse como ciudadanos del Estado español, a regañadientes con la continuidad de sus broncas políticas y callejeras de costumbre. (También quedarían igual otras comunidades que reclamen la independencia y que el pueblo español por mayoría le vote (No) a su independencia).

Diferente ocurriría si los españoles votaran en el referéndum por mayoría (Sí) a la independencia de la Comunidad catalana. En ese hipotético caso, la Comunidad catalana se independizaría con la obligación de pagar las pensiones que adeude a los españoles que antes de la independencia de la Comunidad catalana hayan trabajado en la misma.

También deberá hacerse cargo de pagar su parte correspondiente de la deuda pública española, etc de otras obligaciones que deberá cumplir a nivel internacional. Y en ello quizás pasaría a ser una nueva (Nación más) de la UE.  Pero para que se diera esta hipotética circunstancia en favor de la independencia de la Comunidad catalana, tendría que votar por el (Si) un 51% de la población española con derecho al voto que es de unos 37.500.000 votantes.

Pero difícil es conseguir un 51% de los votos por el (Sí) para la independencia de la Comunidad catalana porque las comunidades que abogan de alguna forma seria por la independencia, son la catalana, la vasca y la gallega, quienes entre todas son aprox. 13 millones de habitantes de cuyo total posiblemente solo votarían un 55% por el (Sí) en favor de la independencia de la Comunidad catalana y por sus propias comunidades.

Algo diferente ocurriría si las tres comunidades mencionadas se alzaran al mismo tiempo con el grito de independencia exigiéndola a través de un referéndum común. En este caso podrían ocurrir diferentes episodios políticos mezclados con algún tipo de guerra civil, para cuya situación no tengo sabiduría como para adivinar el futuro de esa desgracia, si ocurriera.

Por otro lado, debemos recordar que a raíz de la consulta popular camuflada como referéndum que se llevó a cabo en la Comunidad catalana el 01 de octubre del 2017, el Parlamento Catalán declaró unilateralmente, el 10 de octubre de 2017, la independencia de Cataluña. Esta ilegalidad dio pie al encarcelamiento de 7 políticos catalanes y a los recientes indultos, y a la huida de otros tantos que fueron declarados culpables y que hasta el presente andan fuera de España.

Uno de ellos, el prófugo más sonado, es el expresidente de la Generalidad de Cataluña,  Carles Puigdemont, que, gracias a los socialistas, podemitas-comunistas e independentistas, ha influido decisivamente en la constitución de la Mesa del Congreso y previsiblemente influirá decisivamente, en la próxima sesión de investidura, en la continuidad de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno de España,  a cambio, como mínimo, de que se le procure la amnistía por haber sido cabeza de dicha consulta popular camuflada como referéndum.

Siguiendo el hipotético caso, si España entrara en una guerra civil por causa de las reivindicaciones de una o varias comunidades independentistas, Marruecos aprovecharía la ocasión igual como lo hizo después de la muerte de Franco, en 1975, con la Marcha Verde para ocupar el Sáhara. En esta ocasión lanzaría una segunda Marcha Verde con la ayuda de los casi 800.000 marroquíes, quizás más, que viven en España, y que serían un medio esencial a través del espionaje y otros actos trágicos, en favor de que Marruecos pudiera ocupar Ceuta y Melilla, ciudades autónomas que en la hipotética probabilidad de que llegaran a pertenecer a Marruecos  los EE.UU por la amistad que tiene con el Reino alauita las aprovecharía para instalar bases militares con misiles nucleares que podrían utilizar como llave del Estrecho de Gibraltar y como respuesta bélica contra  naciones enemigas .

En otro orden y siguiendo el mismo hipoteco conflicto, el Archipiélago Canario entraría en revueltas políticas con los casi 45.000 marroquíes, tal vez más, que tenemos residiendo en Canarias, mientras el Gobierno canario decidiría si seguir como parte integrante de lo que quede en la nueva España, o bien tomar la vía de la independencia.

Durante la hipotética rebelión independentista, el turismo desaparecería, las pensiones también, y la fabricación e importación de productos quedaría colapsada, con consecuencias inmediatas de pobreza.

Dependiendo de cuántas regiones o comunidades llegaran a conseguir su independencia, la nueva España pasaría a ser un país totalmente diferente y más pequeño, tras posiblemente perder a Cataluña, País Vasco, Galicia, Ceuta y Melilla, y quizás también a Baleares y Canarias, y a otras comunidades que se monten en el mismo caballo de la independencia.

Y en toda esta hipotética tragedia, tal vez la UE se dedicaría a ser simplemente una unión de observadores que no entrarían en guerra contra las comunidades españolas que decidan independizarse. Y, por otra parte, la OTAN tampoco osaría defender a España contra el posible intento de Marruecos de ocupar y nacionalizar Ceuta y Melilla como territorio marroquí.

Nota. Se entiende por hipotético todo aquello que ocurre en el plano de las suposiciones, o sea, de las hipótesis, de modo que hablar de algo hipotéticamente quiere decir que simplemente lo estoy imaginando y evaluando mentalmente, que no se trata de una afirmación, sino de una propuesta, una posibilidad, una hipótesis que deberá ser comprobada en la vida real.

 

 

 

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