¿Deben los
jueces elegirse por votación popular? Una propuesta para reforzar la
independencia judicial en España
Por Bruno Perera.
En España, la independencia del Poder Judicial ha
sido, desde hace décadas, objeto de debate político, jurídico y social. El
actual sistema de elección de los miembros del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ), así como de los magistrados del Tribunal Supremo y del
Tribunal Constitucional, ha sido criticado tanto dentro como fuera del país por
su elevada politización.
En este contexto, surge una propuesta que rompe
con los esquemas tradicionales del modelo judicial europeo: que los jueces
más importantes del país sean elegidos directamente por el pueblo, sin
injerencias de los partidos políticos ni designaciones opacas.
El marco legal
actual: ¿garantía o bloqueo?
El artículo 117.1 de la Constitución Española
de 1978 establece que "la justicia emana del pueblo y se administra
en nombre del Rey por jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial, independientes,
inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley".
Sin embargo, en la práctica, el órgano de
gobierno de los jueces —el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)—
está formado por 20 vocales (más su presidente), de los cuales 12 son jueces
o magistrados propuestos por el Congreso y el Senado, y 8 son juristas de
reconocido prestigio. Esta fórmula fue modificada por la Ley Orgánica
6/1985 del Poder Judicial, que trasladó el poder de designación a los
partidos políticos con representación parlamentaria, lo que ha sido ampliamente
criticado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y la Comisión
Europea.
Además, el artículo 159 de la Constitución
establece que los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos
por el Rey a propuesta del Congreso, Senado, Gobierno y CGPJ, profundizando aún
más la vinculación del poder judicial con intereses políticos.
Este sistema, que pretendía garantizar el
equilibrio entre poderes, ha terminado en ocasiones por generar bloqueos
institucionales, desconfianza ciudadana y acusaciones de "reparto de
jueces" entre partidos.
¿Una justicia
independiente o autorreferencial?
Algunos juristas y ciudadanos temen que si los
altos magistrados se eligen exclusivamente entre jueces —sin intervención del
pueblo ni de instituciones externas— se configure una casta judicial
endogámica, con poder suficiente para vetar reformas democráticas o
proteger privilegios corporativos. Es decir, una forma de "autoritarismo
judicial" legalizado.
Para evitar ambos extremos —la politización
partidista y la autoselección cerrada— se debe plantear la propuesta de: permitir
que la ciudadanía elija por votación directa a los magistrados de mayor rango,
en un proceso limpio, meritocrático y transparente.
El espejo
estadounidense: jueces elegidos por el pueblo
En Estados Unidos, muchos jueces de
distrito, fiscales locales y sheriffs son elegidos mediante votación popular.
Este modelo, aunque criticado por el riesgo de populismo judicial, ha servido
para acercar la justicia a la ciudadanía y para responsabilizar a los jueces
ante el pueblo.
Según el National Center for State Courts,
38 de los 50 estados permiten alguna forma de elección popular de jueces, ya
sea directa, de retención o con evaluación de desempeño. En algunos casos, las
elecciones judiciales coinciden con elecciones generales, y los candidatos
deben declarar públicamente sus principios interpretativos.
Propuesta
ciudadana: listas judiciales sin partidos
Inspirado en ese modelo, y adaptado a la realidad
española, propongo el siguiente esquema:
- Listas abiertas sin filiación política: Los jueces que aspiren a ocupar un puesto en el Tribunal Supremo o
Constitucional se presentarían como candidatos individuales, sin respaldo
de partidos, pero con un currículo público basado en méritos,
publicaciones, años de ejercicio, sentencias clave y principios éticos.
- Elecciones un mes antes de las generales: Los ciudadanos podrían votar en una jornada exclusiva para elegir
magistrados, separada de las elecciones legislativas, evitando la
contaminación partidista.
- Un Consejo Electoral Judicial independiente: Compuesto por académicos, jueces eméritos y representantes sociales
elegidos por sorteo, garantizaría la limpieza del proceso, examinaría los
méritos de los candidatos y regularía el procedimiento electoral.
- Mandatos limitados y no renovables: Para
evitar acumulación de poder, los magistrados elegidos por sufragio
tendrían un mandato de 8 o 10 años sin posibilidad de reelección.
- Selección técnica para el resto del escalafón: Los jueces del Supremo y Constitucional podrían proponer, con base
exclusivamente técnica, el nombramiento de magistrados superiores en las
comunidades autónomas, creando una pirámide judicial basada en preparación
y no en afinidades.
¿Es viable en
el marco legal actual?
Implementar este modelo requeriría reformas
profundas:
- Modificación de los artículos 122 y 159 de la Constitución Española, lo que implica una reforma constitucional agravada (artículo
168 CE) si se toca la estructura de los poderes del Estado.
- Aprobación de una nueva Ley Orgánica del Poder Judicial, o al
menos una reforma sustancial de la actual LO 6/1985.
- Reformulación del Estatuto del Tribunal Constitucional para
redefinir el procedimiento de elección y sus competencias.
También habría que respetar el principio de
independencia judicial garantizado en el artículo 6 del Convenio Europeo
de Derechos Humanos (CEDH), y recogido en múltiples sentencias del TEDH,
que insiste en que la legitimidad del juez proviene de su imparcialidad, pero
también de la transparencia de su nombramiento.
Alternativa
híbrida: mérito, control y consulta
Para quienes consideren arriesgado entregar la
elección de jueces al voto directo, puede diseñarse una fórmula intermedia:
- Preselección por méritos a través
de comisiones técnicas independientes (con representación judicial,
académica y ciudadana).
- Ratificación parlamentaria por mayoría cualificada, siguiendo el modelo alemán (donde la Bundesverfassungsgericht es
designada por dos tercios del Parlamento).
- Consulta popular no vinculante, en la
que la ciudadanía evalúe los perfiles propuestos y exprese su aprobación o
rechazo.
Conclusión:
más democracia, no menos justicia
España necesita un Poder Judicial fuerte e
independiente, pero también más transparente, abierto y controlado por la
ciudadanía. La democracia no se limita a votar cada cuatro años a partidos
políticos; también exige mecanismos para supervisar a quienes administran
justicia.
¿Pueden los jueces ser elegidos por el pueblo sin
perder su imparcialidad? La respuesta no es sencilla,
pero es posible. Con reglas claras, garantías de mérito, control institucional
y mandato limitado, la participación ciudadana podría ser una herramienta de
renovación democrática y no una amenaza.
La justicia debe emanar del pueblo, y también
volver a él.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.