En cuanto a la movilidad, la publicación determina que las personas podrán desplazarse por la provincia, la isla o la unidad territorial de referencia en que se encuentren
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado el real decreto por el que se prorroga del estado de alarma hasta las 00.00 horas del 7 de junio. La prórroga del estado de alarma fue aprobada este viernes por el Consejo de Ministros tras ser aprobada en el Congreso de los Diputados. Con esta nueva publicación, el Ejecutivo mantiene la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
El texto habilita al ministro de Sanidad, Salvador Illa, en su condición de autoridad competente delegada a concretar las medidas que deban aplicarse en el proceso de desescalada, en un marco de cogobernanza.
La nueva prórroga del estado de alarma precisa que el ministro de Sanidad será únicamente la autoridad competente delegada para el ejercicio de las funciones derivadas del estado de alarma, bajo la superior dirección del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y con arreglo al principio de cooperación con las comunidades autónomas. Por ello, con la nueva orden dejan de tener esa condición la ministra de Defensa, Margarita Robles; el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska; y el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos. Leer más
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